miércoles, 15 de marzo de 2017

Equipos de Protección Personal




Son equipos o elementos de uso individual, cuyo objetivo específico es evitar el contacto directo del cuerpo con los elementos del ambiente de trabajo y/o evitar el ingreso de agentes físicos, Químicos o biológicos al organismo.
Código del Trabajo:
Establece la obligatoriedad del empleador de proteger eficazmente la salud y la vida de los trabajadores, y a entregarles los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Ley Nº 16.744:
Establece que las empresas deberán adoptar todas las medidas de higiene y seguridad…y deberán proporcionar a sus trabajadores los equipos e implementos de protección necesarios…
Selección y uso:
El Equipo de Protección Personal (EPP) debe ser utilizado donde algún peligro no ha podido ser eliminado, es decir, debe ser la última laternativa o una decisión complementaria, cuando el riesgo no ha podido ser controlado totalmente por medidas de ingeniería o por métodos de organización del trabajo. La selección del E.P.P. apropiado para el trabajo es entonces fundamental para brindar la protección necesaria al trabajador.
El EPP debe adaptarse a las características personales anatómicas de quienes lo usan, y usarlos correctamente y tener siempre en consideración que los E.P.P. tienen una vida útil, por lo que deben ser reemplazados cada vez que sea necesario.
Certificación de los E.P.P.:
Todos los elementos de protección personal deberán ajustarse a los requisitos mínimos establecidos en la normativa vigente y estar certificados según lo establecido en D.S. Nº 18, sean estos de procedencia nacional o extranjera. Cuando en Chile no exista un organismo certificador, se exigirá la certificación en el lugar de origen del producto.


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